El Crédito con Aval del Estado (CAE), es uno de los mecanismos más utilizados por las personas para financiar la educación superior. Este crédito está regulado en la ley 20.027. El artículo segundo de esta normativa señala que el Estado, a través del Fisco, garantiza los créditos destinados a financiar la educación superior. El monto por el cual el Estado garantiza estos créditos otorgados por las instituciones financieras no puede ser superior al noventa por ciento del capital más los intereses correspondientes, tal como lo señala el artículo tercero de la le 20.027. Esta ley en su artículo 18 bis, establece la manera en que se procederá en caso de que no se cumpla con el pago de las cuotas pactadas y que deben ser canceladas una vez que la persona haya dejado de estudiar. Las deudas por CAE han estado presentes desde la implementación de este crédito; pero los antecedentes de sus deudores no pueden ser públicos. El artículo 17 ley 19.628 sobre Protección de la Vida Privada, prohíbe expresamente que los bancos de datos (Dicom), publiquen los antecedentes de los deudores del Crédito con Aval del Estado.

Abrir chat
1
¡Hola, estamos en linea!
Hola, Necesito orientación jurídica a la brevedad posible