R: Lo más probable es que comience la cobranza prejudicial (cartas o llamados) aproximadamente a los 2 meses de incumplimiento. Después del tercer mes en adelante viene la cobranza judicial con todo lo que eso implica: demanda, embargo de bienes etc. .
¿Qué pasa sino pago mis deudas?
por deudasadmin | Mar 23, 2011 | Cesación de Pagos, Cobranza Judicial, Deudas | 4 Comentarios
Tengo una deuda con un banco y soy estudiante, por lo que no tengo ingresos para solventarla.El banco me puede demandar? No tengo bienes en mi patrimonio para que me embarguen, y tampoco al abrir mi cuenta firmó un aval, que es lo mas probable que haga el banco? Cerrar mi cuenta y esperar hasta que tenga la situación económica para poder pagar en conjunto con los intereses? Que me conviene hacer en este caso?gracias.
Hola Felipe! Danos tu número de contacto para que uno de nuestros asesores te pueda llamar, gracias!
Puedo será embargada si tengo un año deuda con un instituto de formación técnica? Por favor ayuda
Hola Yasmin,
Sí, puedes ser embargada por una deuda con un instituto.
Si necesitas mayor orientación llámanos al 22 840 9000 o completar nuestro formulario para que nuestros asesores te orienten.
Saludos