R: Lo más probable es que comience la cobranza prejudicial (cartas o llamados) aproximadamente a los 2 meses de incumplimiento. Después del tercer mes en adelante viene la cobranza judicial con todo lo que eso implica: demanda, embargo de bienes etc. .
Categoría de publicaciones
- Ahorros (8)
- Asesoría Legal (125)
- Cesación de Pagos (17)
- Citación a confesar Deuda (11)
- Cobranza Judicial (59)
- Cosas que no recomendamos (11)
- Cosas que recomendamos (59)
- Créditos con Aval (17)
- Delitos Asociados (13)
- Demanda (39)
- Deuda ajena (10)
- Deudas (547)
- Deudas Casas Comerciales (12)
- Embargo (127)
- FAQ (73)
- Landing (6)
- Ley de quiebra (45)
- Normativas chilenas (4)
- Noticias (14)
- Notificación (19)
- Notificación por Cédula (6)
- Nuestros Resultados (2)
- Prescripción (28)
- Receptor Judicial (15)
- Sin categoría (43)
- Tercería (23)
- Uncategorized (18)
Publicaciones recientes
- Con tu ClaveÚnica puedes revisar si estás en DICOM abril 17, 2025
- Entiéndelo en pocas palabras: ¿Qué son los fondos mutuos? abril 16, 2025
- ¿Ignoraste una deuda? ¡El próximo aviso podría ser una orden de embargo! abril 16, 2025
- El embargo por deudas del CAE es una –posible– realidad abril 16, 2025
- Fácil, rápido y gratis: Conoce tu deuda en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) abril 15, 2025