Art. 2524. Las prescripciones de corto tiempo a que están sujetas las acciones especiales que nacen de ciertos actos o contratos, se mencionan en los títulos respectivos, y corren también contra toda persona; salvo que expresamente se establezca otra regla.
Artículo 2524 código civil
por admindeudas | Abr 4, 2021 | Deudas, Prescripción