Deudas

Artículo 1572 código civil: ¿qué dice?

Art. 1572. Puede pagar por el deudor cualquiera persona a nombre del deudor, aun sin su conocimiento o contra su voluntad, y aun a pesar del acreedor. Pero si la obligación es de hacer, y si para la obra de que se trata

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Artículo 1570 código civil: ¿qué dice?

Art. 1570. En los pagos periódicos la carta de pago de tres períodos determinados y consecutivos hará presumir los pagos de los anteriores períodos, siempre que hayan debido efectuarse entre los mismos acreedor y deudor.

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Artículo 1567 código civil: ¿qué dice?

Art. 1567. Toda obligación puede extinguirse por una convención en que las partes interesadas, siendo capaces de disponer libremente de lo suyo, consienten en darla por nula. Las obligaciones se extinguen además en todo

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Artículo 1566 código civil: ¿qué dice?

Art. 1566. No pudiendo aplicarse ninguna de las reglas precedentes de interpretación, se interpretarán las cláusulas ambiguas a favor del deudor. Pero las cláusulas ambiguas que hayan sido extendidas o dictadas por una d

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Artículo 1626 código civil: ¿qué dice?

Art. 1626. El acreedor es obligado a conceder este beneficio: 1º. A sus descendientes o ascendientes; no habiendo éstos irrogado al acreedor ofensa alguna de las clasificadas entre las causas de desheredación; 2º. A su c

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Artículo 1622 código civil: ¿qué dice?

Art. 1622. El acuerdo de la mayoría obtenido en la forma prescrita por el Código de Enjuiciamiento, será obligatorio para todos los acreedores que hayan sido citados en la forma debida. Pero los acreedores privilegiados,

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Artículo 1621 código civil: ¿qué dice?

Art. 1621. Hecha la cesión de bienes podrán los acreedores dejar al deudor la administración de ellos, y hacer con él los arreglos que estimaren convenientes, siempre que en ello consienta la mayoría de los acreedores co

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Artículo 1619 código civil: ¿qué dice?

Art. 1619. La cesión de bienes produce los efectos siguientes: 1º. El deudor queda libre de todo apremio personal; 2º. Las deudas se extinguen hasta la cantidad en que sean satisfechas con los bienes cedidos; 3º. Si los

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Artículo 1618 código civil: ¿qué dice?

Art. 1618. La cesión comprenderá todos los bienes, derechos y acciones del deudor, excepto los no embargables. No son embargables: 1º. Las dos terceras partes del salario de los empleados en servicio público, siempre que

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Artículo 1617 código civil: ¿qué dice?

Art. 1617. Los acreedores serán obligados a aceptar la cesión, excepto en los casos siguientes: 1.º Si el deudor ha enajenado, empeñado o hipotecado, como propios, bienes ajenos a sabiendas; 2.º Si ha sido condenado por

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