Respuesta: Si el acreedor demandante (por ejemplo un Banco) solicita el embargo o alguna otra medida sobre su casa, algún inmueble o bien de mayor valor, es facultad del Tribunal concederlo respecto a una deuda que es mucho menor que el avalúo del inmueble. y es más frecuente de lo que se cree. Le sugerimos tomar acciones a la brevedad.

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