Cuando el receptor hace un listado de bienes corresponde al embargo, y por lo general los bienes no son retirados, quedando el demandado en calidad de depositario provisorio de ellos. Sacarlos del lugar sin autorización judicial o cambiarlos por otros constituye un delito que puede tener consecuencias penales para el deudor. Es importante regularizar rápidamente la situación antes que ello ocurra.
Hola :
Pero si anotaron los bienes el receptor judicial y la casa donde fue , a posterior la remataron la persona que tiene que hacer es irse a otra casa, por lo cual no estaría cometiendo falta, por razón obvia tiene que buscar otro lugar para habitar
¡Gracias por el aporte Jose!