Si, toda persona natural o jurídica que disponga de un pagaré u otro documento que se constituya en título ejecutivo puede llegar a embargar.
Si, toda persona natural o jurídica que disponga de un pagaré u otro documento que se constituya en título ejecutivo puede llegar a embargar.
hola: hace pocos dias me llamron de ripley disiendo me de mi deuda que cuando me iva a asercar, pero con mi trabajo y tambien tengo a mi hijo enfermito no he podido ir…he repactado y solo debo pocos cuotas…la deuda es de dos millones y medio y no se que hacer me ha subido mucho..en realidad no se si me puedan enbargar ya que las cosas de mi casa son la mayoria de mi esposo y solo yo tengo mi casa que la obtuve endeudandome para poder tenerla… todavia no me ha llegado nada …¿ que puedo hacer ?.. ademas mi sueldo no me alcanza…muchas gracias por la comprension..karen
Tengo deudas con tres casas comerciales desde hace más de un año, producto de mi separación matrimonial no pude seguir pagando y lo que gano apenas me alcanza para vivir, ¿que puedo hacer si estoy segura que no podre pagar? El unico bien que poseo es mi casa la cual está pagada y a mi nombre, ¿pueden embargarla? Gracias por su tiempo y comprensión.
Hola tengo una deuda con casa xinena no más de 200 mil pesos y me llegó una carta que dice mandamientos de embargo, a que se refieren con eso, pueden ellos ir a la casa y sacar algo.
¡Hola Daniela! Si quieres, danos tu número de teléfono para que un asesor te llame, le puedas explicar tu caso y te pueda ayudar, gracias.
Buenas tardes tengo una deuda sobre 2 millones en una casa comercial obviamente empreste mi tarjeta y no me pagaron
Lo cual me ah llegando correos de cobranza judicial que
Pasarán a judicial lo cual yo me encuentro son trabajo
Y cada vez que me llaman les digo que yo si quero
Repactar la cuenta pero encontrando trabajo
Y en lo más cuotas posible tampoco me ago la loca siempre
Diciendo lo mismo lo que tengo miedo es que me
Puedan embargar donde yo arriendo? Pueden hacer eso?
Yo no tengo nada a mi nombre pueden?
Hola Camila,
Sí, efectivamente pueden embargarte aunque no tengas nada a tu nombre. Lo que hace el receptor judicial es anotar los bienes que existen dentro del lugar en el que vives, él no te va a consultar si son tuyos o no porque supone, de buena fe, que lo son. Lo que se hace en estos casos es interponer una tercería para proteger los bienes de terceras personas.
Te invitamos a acercarte a nuestras dependencias ubicadas en Huérfanos #835 of. 901 donde podrás recibir una primera orientación gratuita.
Saludos
Hola, buenas tardes. Yo empreste una tarjeta y al final no me la pagaron y quede con esa deuda. Ya han pasado 11 años de tal fecha y se supone prescribio en dicom. Ahora me estaban llamandl para pagar menos ppr esa deuda (puede existir embargo si ya han pasado 11 años) ademas que esa deuda me la dejaron