La Ley 20.720 (también escrita Ley 20720), o Ley de Insolvencia y Reemprendimiento, es la norma chilena que regula cómo se reorganizan o liquidan las deudas de personas y empresas que no pueden pagar. Entró en vigencia el 9 de octubre de 2014 y reemplazó a la antigua ley de quiebras: hoy ya no se habla de “quiebra” ni de “síndico”, sino de procedimientos concursales y de liquidador. Esta guía resume qué establece, a quién aplica, qué procedimientos existen y cuál conviene en cada caso.

Qué es la Ley 20.720 y para qué sirve

Tiene dos objetivos: darle a los acreedores un procedimiento ordenado para recuperar lo que puedan y darle al deudor que no puede pagar una salida legal, para reorganizar sus deudas o liquidar sus bienes y volver a empezar (de ahí “reemprendimiento”). Es una ley de orden público que se aplica ante tribunales civiles y ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), el organismo que la fiscaliza.

Ley 20.720 vs. la antigua ley de quiebras

Antes (ley de quiebras)Ahora (Ley 20.720)
QuiebraLiquidación de bienes
Convenio judicial preventivoReorganización (judicial o extrajudicial)
SíndicoLiquidador concursal o veedor
Suspensión de pagosProcedimientos de reorganización
Sin procedimiento propio para personas sin giroRenegociación y liquidación de la persona deudora

Los procedimientos que contempla

Para personas deudoras

  • Renegociación de la persona deudora: se tramita ante la Superir y busca un acuerdo con los acreedores sobre plazos y condiciones de pago.
  • Liquidación de bienes (voluntaria o forzosa): se tramita en un tribunal civil; se venden los bienes embargables para pagar a los acreedores y, al término, la ley permite extinguir las deudas no pagadas, con excepciones.

Para empresas deudoras

  • Reorganización: un acuerdo con los acreedores para que la empresa siga operando (judicial, o extrajudicial simplificado).
  • Liquidación de la empresa deudora: venta ordenada de los activos para pagar las deudas.

Detalle por tipo de deudor: quiebra personal (personas) y empresas.

Quién interviene en el proceso

  • Superir: fiscaliza, administra la renegociación y mantiene el Boletín Concursal. Más en qué hace la Superintendencia y cómo contactarla.
  • Tribunal civil: resuelve la liquidación y las controversias.
  • Liquidador concursal: administra y vende los bienes en la liquidación.
  • Veedor: supervisa el proceso en las reorganizaciones.
  • Acreedores: verifican sus créditos y votan los acuerdos.

Efectos principales para el deudor

  • Se frenan los cobros individuales sobre los bienes del procedimiento una vez dictada la resolución respectiva.
  • Los bienes inembargables quedan fuera (por ejemplo, ropa y enseres básicos, y ciertos instrumentos de trabajo).
  • El procedimiento queda publicado en el Boletín Concursal y puede afectar el acceso a crédito por un tiempo.
  • Al término de la liquidación pueden extinguirse las deudas no pagadas, salvo excepciones como las pensiones de alimentos y ciertas multas.

Los costos y riesgos reales los analizamos en desventajas de la Ley de Quiebra.

¿Cuándo conviene acogerse a la Ley 20.720?

Tu situaciónCamino a evaluar
Puedes pagar parte, pero necesitas más plazoRepactar o renegociar con el acreedor, o renegociación en Superir
Varias deudas vencidas y no hay cómo pagarlasRenegociación o liquidación de la persona deudora
Una deuda antigua que no te han cobradoRevisar prescripción antes de reconocerla
Te demandaron y hay embargoDefensa para detener el embargo y evaluar liquidación
Empresa con deudas y flujo para seguir operandoReorganización
Empresa sin viabilidadLiquidación de la empresa deudora

Preguntas frecuentes sobre la Ley 20.720

¿Qué dice la Ley 20720 en pocas palabras?

Que una persona o empresa que no puede pagar sus deudas puede acudir a un procedimiento legal para reorganizarlas o liquidar sus bienes, bajo supervisión de la Superir y de los tribunales.

¿La Ley 20.720 borra todas las deudas?

No automáticamente. En la liquidación se pagan las deudas con los bienes embargables y, al término, pueden extinguirse las que no se alcanzaron a pagar, con excepciones. En la renegociación se paga según el acuerdo aprobado.

¿Es lo mismo que “declararse en quiebra”?

Es el equivalente actual. La palabra “quiebra” sigue usándose en el lenguaje cotidiano, pero la ley habla de liquidación y reorganización.

¿Cuándo entró en vigencia?

El 9 de octubre de 2014.

¿Necesito abogado?

Para la liquidación voluntaria en tribunales sí. La renegociación ante la Superir puede iniciarse sin abogado, pero conviene asesoría para preparar la propuesta y los antecedentes.

Esta guía es un resumen informativo y no reemplaza la asesoría de un abogado: el procedimiento adecuado depende de tus ingresos, bienes y deudas.

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