Cuando tenemos deudas impagas, que no hemos regularizado o una acumulación de obligaciones financieras vencidas, podemos ir a DICOM. Pero cuando se inicia una demanda en nuestra contra por montos adeudados es posible que exista un embargo de nuestros bienes. Pero, ¿Podemos evitar el embargo?

 

El embargo se produce cuando él acreedor ejecuta una demanda para efectuar el cobro de la deuda mediante el remate de los bienes de la persona demandada. Este embargo es decretado por un juez y realizada por un receptor judicial.

Aunque en la práctica, detener un embargo no es tarea fácil. Es necesario tener claro que la acción de embargar es cuando el receptor judicial, realiza un listado de bienes muebles que se encuentra en el domicilio señalado en la demanda. (También es posible que se embarguen bienes, cuentas corrientes, etc.)

Entonces, ¿Qué puedo hacer para evitar el embargo?

Idealmente para extinguir la deuda, puedes pagarla o repactarla, si esto no es posible, puedes recurrir a una Tercería. Este es un proceso que lo realizará un tercero ajeno al juicio principal, señalando que los bienes embargados corresponden a él y no al demandado. Deberá ser interpuesto entre el momento que se realiza el embargo hasta antes del remate.

Sabemos que puede ser abrumador enfrentar un proceso de estas características, por eso te recomendamos proceder con la asesoría y representación legal de los abogados de Deudas.cl, para una defensa adecuada y resguardar tus bienes materiales.

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