El artículo 518 del Código de procedimiento civil señala cuales son las tercerías existentes. Estas son interpuestas por terceros ajenos a un procedimiento ejecutivo, para hacer valer sus derechos que se han visto afectados por el inicio de este procedimiento. Las...
Artículo 522.- La interposición de una tercería no suspenderá en caso alguno el procedimiento ejecutivo. El procedimiento de apremio se suspende únicamente en el caso contemplado en el inciso primero del artículo 523 y, tratándose de una tercería de posesión, sólo si...
Artículo 518.- En el juicio ejecutivo sólo son admisibles las tercerías cuando el reclamante pretende: 1°. Dominio de los bienes embargados; 2°. Posesión de los bienes embargados; 3°. Derecho para ser pagado preferentemente; o 4°. Derecho para concurrir en el pago a...
La forma más usada para alzar el embargo es una Tercería sobre los bienes embargados. Ahora cuando se trata de otro tipo de bienes como automóviles o un inmueble y la demanda ha sido presentada y tramitada correctamente, entonces es recomendable generar una instancia...