R: El embargo propiamente tal solo ocurre cuando un receptor judicial realiza un listado con los bienes objeto de acción o, si se trata de un inmueble, cuando se inscribe dicho embargo en el respectivo Conservador de Bienes Raíces. Por lo anterior, no existe embargo...
R: Las fases o etapas de un juicio por deudas (juicio ejecutivo) son las siguientes: Notificación de la demanda Requerimiento de pago Embargo (inclusive con fuerza pública) Solicitud de retiro de bienes . (inclusive con fuerza pública) Designación de martillero para...
R: Sí, esa gestión puede realizarse acompañando la boleta de depósito al Tribunal donde estoy demandado a través de un escrito. Lo anterior, tiene la dificultad de que cada vez que deposito debo redactar un escrito y solicitar autorización para comparecer...
R: Lo más probable es que comience la cobranza prejudicial (cartas o llamados) aproximadamente a los 2 meses de incumplimiento. Después del tercer mes en adelante viene la cobranza judicial con todo lo que eso implica: demanda, embargo de bienes etc. .