En Chile, muchas personas descubren un día que sus bienes fueron embargados por una deuda… que no es suya. Muebles, electrodomésticos, autos o herramientas quedan en riesgo de remate por el simple hecho de estar en el mismo domicilio del deudor. Pero existe una salida legal: la tercería de posesión.

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Esta acción judicial permite a quien no tiene relación con la deuda reclamar la propiedad de sus bienes y evitar que sean vendidos para pagar lo que otro debe. No se trata de un favor, sino de un derecho reconocido en el Código de Procedimiento Civil.

¿Qué es la tercería de posesión?

Esta operación es, en palabras simples, una defensa. Una forma de decir ante el tribunal: “esto es mío, no del deudor”.

Su objetivo es que el juez reconozca la posesión legítima de esos bienes y ordene que se excluyan del embargo. Es una herramienta poderosa para proteger el patrimonio de familias que, sin deber nada, podrían perderlo todo.

Puede presentarse desde el momento del embargo y hasta antes del remate. Pero no basta con palabras: se necesita prueba sólida. Facturas de compra, servicios básicos a nombre del verdadero dueño, certificados de domicilio o incluso testigos que acrediten la propiedad.

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La ley exige el patrocinio de un abogado, quien presenta la demanda ante el tribunal civil correspondiente. El resultado final, si todo sale bien, es claro: el levantamiento del embargo y el reconocimiento de que los bienes pertenecen a un tercero ajeno a la deuda.

Tercería de posesión: Úsalo cuando el embargo toca lo que no debe

En tiempos donde los embargos por error son más comunes de lo que se cree, conocer la tercería de posesión puede marcar la diferencia entre perderlo todo o defender lo que realmente es tuyo.

Nuestro equipo de especialistas puede ayudarte a revisar tu caso y encontrar la mejor estrategia para que recuperes tu tranquilidad.

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