Tengo varias demandas por deudas, ¿puedo salir del país?: Respuesta: Si son acciones civiles de cobro, no existe inconveniente en salir del país. Distinto es el caso de estar afecto a una medida como arraigo nacional o internacional, decretado en un juicio penal...
Si no se puede pagar una deuda, lamentablemente se iniciará una demanda en su contra, y como el procedimiento a seguir es un juicio ejecutivo y lo que persigue el demandante es hacer efectiva la deuda en el patrimonio del deudor, seguirán adelante la ejecución, ya que...
– Si alguna vez le sucede algo así, la primera gestión judicial que debe alegar es la nulidad de todo lo actuado en el procedimiento, debido a que siempre la primera gestión judicial debe ser notificada en persona al demandado. Al presentarse dicha nuliada, y en...
Sí, cualquier incumplimiento en el pago de algún crédito u obligación civil o comercial, habilita al acreedor para exigir su cumplimiento judicialmente.
Sí, es posible pagar una deuda directamente en Tribunales a través de presentaciones realizadas por su abogado donde se acompañen los comprobantes de depósito de la deuda. Además, existe la posibilidad de realizar consignaciones a la deuda (abonos), lograr algún...
El tema es el siguiente: La primera notificación que debo recibir como demandado en un juicio, se me debe hacer en forma personal. Sin embargo, cumpliéndose ciertos requisitos, la ley habilita para que dicha primera notificación no se me haga en forma personal, sino...
Respuesta: Si el acreedor demandante (por ejemplo un Banco) solicita el embargo o alguna otra medida sobre su casa, algún inmueble o bien de mayor valor, es facultad del Tribunal concederlo respecto a una deuda que es mucho menor que el avalúo del inmueble. y es más...