Las deudas no duran para siempre, la ley establece un límite de tiempo para cobrarlas; a eso se le llama prescripción. Si pasa ese plazo y el acreedor no toma acciones legales ni el deudor reconoce la deuda, simplemente ya no puede exigirse el pago.

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Los plazos de la prescripción de deudas

El Código Civil regula este tema.

      • Las deudas firmadas ante notario prescriben a los cinco años desde que se hacen exigibles.
      • Las de rendición de cuentas lo hacen a los cuatro años.
      • Y si hablamos de deudas laborales, como sueldos impagos, el plazo es más corto: solo dos años desde el fin del contrato.

Ahora, cuando se trata de bancos y casas comerciales, como tarjetas de crédito, créditos de consumo o avances en efectivo, el plazo general también es de cinco años. Pero el conteo no siempre empieza desde la firma del contrato, sino desde la última gestión de cobro o el último pago. Es decir, si pagaste algo hace un año, el plazo vuelve a empezar.

Pero atención: hay formas de interrumpir este conteo. Si haces un pago parcial, negocias o incluso reconoces que debes algo, el reloj de la prescripción se reinicia. Lo mismo pasa si el acreedor presenta una demanda o una notificación formal. Por eso, es clave que tanto deudores como acreedores conozcan estos plazos.

Entender la prescripción no solo es un asunto legal.
También, es parte de cuidar tu salud financiera.

¿Después de cuánto tiempo las deudas prescriben?

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