Durante un embargo por deuda puede suceder que una persona completamente ajena al proceso termine afectada. Es decir, que sus bienes sean embargados por error solo por compartir domicilio con alguien que sí tiene una deuda. Injusto, ¿no? Frente a esta situación existe la tercería de posesión, una solución legal concreta.

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¿De qué trata la tercería de posesión?

Esta acción judicial permite a quien realmente posee los bienes, demostrar que son de su propiedad y no del deudor. El objetivo es evitar que esos bienes sean rematados.

Si el juez da lugar a la tercería, los objetos embargados quedan fuera del proceso.

Es común que esto ocurra cuando el deudor declara como dirección un domicilio que ya no le pertenece, como el de sus padres, un exarrendamiento o la casa de otra persona. Si el embargo se realiza allí, el dueño de la vivienda puede presentar la tercería ante tribunales. Pero debe hacerlo con pruebas: boletas de compra, certificados de domicilio y testigos que respalden la tenencia legítima de los bienes.

Consideraciones relevantes

Esta herramienta no es para traspasar bienes y evitar pagar. Eso es ilegal. Cuando se demuestra que un traspaso se hizo para dañar al acreedor, este puede ser anulado mediante una acción revocatoria.

La tercería de posesión se puede presentar desde que se concreta el embargo y hasta antes del remate. Para ello se necesita un abogado que presente la demanda y acompañe las pruebas. Durante el juicio, el tribunal puede suspender el proceso de remate mientras analiza la propiedad real de los objetos.

La tercería de posesión es una defensa legal de los bienes ajenos

Esta es la única forma de defender bienes ajenos. Por eso, conocerla puede ser la diferencia entre la justicia y un mal rato legal.

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