Conoce los servicios a la ciudadanía que presta el poder judicial virtual. Nuestro equipo jurídico puede explicarte cómo funciona este sistema online. Somos un estudio de abogados especialista en defensa de deudores, con 12 años de experiencia y un 97% de resultados exitosos.

El poder judicial virtual es una plataforma online en que se encuentran alojadas todas las causas que se tramitan ante los tribunales de justicia en Chile. Esta web está regulada en la ley Nº 20.866, sobre Tramitación Electrónica y en el autoacordado N° 71 dictado por la Corte Suprema. A esta página se puede ingresar gratuitamente y la consulta de causas está abierta a todo el público.

Los tribunales de justicia, por mandato del artículo 3 de la ley de tramitación electrónica, tienen la obligación de registrar allí todas sus resoluciones, la cual también aplica a las partes litigantes, puesto que, deben realizar sus actuaciones a través del sitio web www.pjud.cl. Sin perjuicio de que es obligación que todos los datos y actuaciones queden registrados en esta plataforma, queda estrictamente prohibido el tratamiento masivo de los datos personales sin autorización previa. La contravención a esto último, es sancionado bajo el procedimiento contemplado en la ley 19.628, sobre Protección de la Vida Privada. Por otro lado, las actuaciones en un proceso judicial deben realizarse a través de un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, al cual el deudor le debe conferir patrocinio y poder de la manera establecida en el artículo 7 de la ley de tramitación electrónica.

Es así como el poder judicial virtual presta numerosos servicios a la ciudadanía. Debido a la entrada en vigencia de la ley Nº 20.886 sobre tramitación electrónica, en el año 2016, los procedimientos que antiguamente se tramitaban en soporte papel pasaron a ser tramitados digitalmente a través de este sitio web. Así, todas las alegaciones que presenten los deudores durante la tramitación de un procedimiento judicial, deberán ser subidas electrónicamente a esta página en la forma establecida en el artículo 6 de la ley de tramitación electrónica. Por su parte, el artículo noveno de la misma ley, obliga a los receptores judiciales a dejar constancia de sus actuaciones en la carpeta electrónica creada en cada causa. Además, los deudores pueden acompañar documentos y ver todos los trámites realizados durante el transcurso de su juicio.

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