La prescripción extintiva es una solución para la acumulación de deudas en el tiempo. El actual Código Civil la define en el artículo 2492 como un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos por no haberse ejercido durante un lapso determinado.

En palabras simples, posterior a un tiempo en que el acreedor no realizó alguna acción podemos hablar de prescripción extintiva.  Actualmente existen dos tipos de prescripciones, la primera y la adquisitiva. En esta oportunidad nos centraremos en la ya mencionada.

Esta debe ser alegada y no declarada de oficio por un juez, en el caso de renunciar a ella, debes declararlo por escrito y solamente cuando se haya cumplido.

Para poder declarar la prescripción extintiva es importante cumplir con una serie de requerimientos:

  • La acción debe ser prescriptible.
  • Transcurrir el lapso de tiempo fijado por la ley.
  • Existir inactividad de las partes.
  • Que no se suspenda ni interrumpa

Para iniciar este proceso legal, necesitarás la asesoría y acompañamiento de Deudas.cl, un equipo legal personalizado. Conoce más acerca de las prescripciones.

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