Cuando el receptor hace un listado de bienes corresponde al embargo, y por lo general los bienes no son retirados, quedando el demandado en calidad de depositario provisorio de ellos. Sacarlos del lugar sin autorización judicial o cambiarlos por otros...
R: Sí, al igual que cualquier otro acreedor y dependiendo del documento entregado (cheque, pagaré, letra, etc.) una clínica pueda perfectamente solicitar embargo sobre mis bienes por una deuda que tenga con esa institución.
Aquí pueden ocurrir dos cosas: 1) Que cuando vaya el receptor judicial a practicar el embargo de bienes la persona que se encuentre en la casa le prohíba el ingreso señalando que el demandado no vive ahí, lo más probable que el receptor conste que hubo...
La ley señala que no podrá procederse al retiro de los bienes hasta transcurridos a lo menos 10 días desde que un receptor judicial fue a embargar. Ahora bien eso es lo que dice la ley, respecto del plazo en la práctica es relativo, no hay un plazo exacto,...
Tengo varias demandas por deudas, ¿puedo salir del país?: Respuesta: Si son acciones civiles de cobro, no existe inconveniente en salir del país. Distinto es el caso de estar afecto a una medida como arraigo nacional o internacional, decretado en un juicio penal...