En Chile, el acoso telefónico relacionado con cobranzas de deudas. Se regula principalmente por la Ley N.º 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores y sus modificaciones recientes.
El Servicio Nacional del Consumidor fiscaliza y protege a las personas ante prácticas abusivas de contacto por parte de empresas de cobranza.
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La normativa establece que las gestiones de cobranza extrajudicial deben respetar principios de proporcionalidad, razonabilidad, transparencia, veracidad y respeto a la dignidad del consumidor. Las empresas no pueden afectar la vida laboral o familiar del deudor ni informar a terceros sobre su deuda.
Respecto al acoso telefónico
La ley y las reglas fiscalizadas por el SERNAC incluyen varios límites claros:
Frecuencia de llamadas:
Las empresas solo pueden realizar una llamada o visita semanal para cobranza y hasta dos gestiones remotas (por ejemplo, mensajes, correos o SMS) en la misma semana, siempre separados por al menos dos días.
Horario permitido:
Los contactos por cobranza solo pueden hacerse de lunes a sábado entre las 08:00 y las 20:00 horas.
Prohibiciones específicas:
No pueden enviar comunicaciones que aparenten ser documentos judiciales, ni difundir la deuda a terceros.
Si una empresa no respeta estas normas, el SERNAC ofrece mecanismos de protección y reclamo. La herramienta especializada llamada ‘No me hostiguen cobranzas’ permite a los consumidores solicitar formalmente que cesen las gestiones abusivas o hagan contacto excediendo los límites legales.
Si la empresa sigue con el acoso telefónico tras el reclamo, se puede reportar el incumplimiento y el SERNAC puede fiscalizar o derivar acciones más formales.
Además, aunque la herramienta ‘No Molestar’ del SERNAC no bloquea automáticamente a empresas de cobranza, sirve para denunciar llamadas repetitivas o no deseadas, y los consumidores pueden ingresar reclamos o alertas ciudadanas a través del Portal del Consumidor.
¿Y en casos graves de hostigamiento reiterado?
Por amenazas o presión psicológica pueden existir consecuencias bajo otras normas o incluso acciones penales fuera del ámbito de la Ley del Consumidor. Ello sólo refuerza los derechos de los deudores frente al acoso.
Nuestro equipo de especialistas puede ayudarte a revisar tu caso y encontrar la mejor estrategia para que recuperes tu tranquilidad.
