No, en este caso queda a criterio del receptor considerar o no el testimonio. Adicionalmente es importante saber que quienes informen al receptor NO tiene la obligación de presentar cédula de identidad si son personas distintas al demandado
La demanda es por lo general, la primera gestión que se realiza contra deudores y siempre debe ser hecha personalmente según el artículo 40 del código de procedimiento civil. El artículo siguiente del mismo código, el número 41, determina también, que la notificación...
Art. 40 En toda gestión judicial, la primera notificación a las partes o personas a quienes hayan de afectar sus resultados, deberá hacérseles personalmente, entregándoseles copia íntegra de la resolución y de la solicitud en que haya recaído, cuando sea escrita. Esta...
Artículo 258.- El término de emplazamiento para contestar la demanda será de quince días si el demandado es notificado en la comuna donde funciona el tribunal. Se aumentará este término en tres días más si el demandado se encuentra en el mismo territorio...
Art. 254. La demanda debe contener: 1°. La designación del tribunal ante quien se entabla; 2°. El nombre, domicilio y profesión u oficio del demandante y de las personas que lo representen, y la naturaleza de la representación; 3°. El nombre, domicilio y profesión u...
«¡Ayuda, debo defenderme judicialmente de una demanda! ¿Qué hago?» En Chile, el plazo para defenderse judicialmente de una demanda varía dependiendo del tipo de procedimiento judicial involucrado. Es esencial conocer estos plazos para poder actuar efectivamente y...
Respuesta: En primer lugar y antes de firmar cualquier repactación, es necesario verificar de buena manera el monto y forma de cálculo de los intereses que nos están cobrando. Luego, si sólo vamos a firmar el pagaré para “salir del problema”, sin contar con los medios...