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Defensa Deudores

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¿Qué cosas no se pueden embargar?

Generalmente los de primera necesidad: cama, refrigerador (si hay más de uno, es embargable), microondas, alimentos para la subsistencia de la familia hasta un mes, el sueldo, entre otras cosas. Y otras más según lo indica el artículo 445 del Código de Procedimiento Civil.

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¿Qué es un embargo?

Es la retención ordenada por el juez de determinados bienes avaluados pecuniariamente para solventar una deuda exigible en juicio. En otras palabras, es un aprehensión simbólica de algunos bienes del deudor para que no pueda disponer de ellos libremente y con eso se garantice el cumplimiento forzado de una obligación, que se demanda judicialmente.

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