Artículo 105 ley de bancos

Artículo 105.- Si, además del banco, otros acreedores tuvieren hipotecas respecto del inmueble, se les notificará la resolución que entregue en prenda pretoria el inmueble al banco, o la que disponga el remate. Si esos acreedores hipotecarios fueren de derecho...

Artículo 104 ley de bancos

Artículo 104.- Entregado el inmueble en prenda pretoria, el banco percibirá las rentas, entradas o productos del inmueble cualquiera que fuere el poder en que se encuentre y cubiertas las contribuciones, gastos de administración y gravámenes preferentes a su crédito,...

Artículo 103 ley de bancos

Artículo 103.- Cuando los deudores no hubieren satisfecho las cuotas o dividendos en el plazo estipulado y requeridos judicialmente no los pagaren en el término de diez días, el juez decretará, a petición del banco, el remate del inmueble hipotecado o su entrega en...

Artículo 432 código de procedimiento civil

Artículo 432.- Vencido el plazo a que se refiere el artículo 430, se hayan o no presentado escritos y existan o no diligencias pendientes, el tribunal citará para oír sentencia. En contra de esta resolución sólo podrá interponerse recurso de reposición, el que deberá...

Artículo 1710 código civil

Art. 1710. Al que demanda una cosa de más de dos unidades tributarias de valor no se le admitirá la prueba de testigos, aunque limite a ese valor la demanda. Tampoco es admisible la prueba de testigos en las demandas de menos de dos unidades tributarias, cuando se...

Procedimientos por deudas en Chile

Dentro de los juicios por deudas hay una etapa probatoria en que las personas pueden acreditar sus todas sus alegaciones. Si estás en una crisis financiera y te puedes ver enfrentado a una demanda conoce cuáles son las etapas que tiene un juicio en Chile. Hoy...

Artículo 319 código de procedimiento civil

Art. 319. Las partes podrán pedir reposición, dentro de tercero día, de la resolución a que se refiere el artículo anterior. En consecuencia, podrán solicitar que se modifiquen los hechos controvertidos fijados, que se eliminen algunos o que se agreguen otros. El...

Abogados para deudores

Es posible que en algunas situaciones existan pluralidad de demandantes o pluralidad de deudores demandados en un mismo procedimiento. El artículo 17 del código de procedimiento civil se refiere a aquella situación en que hay dos o más acciones interpuestas en un...

Artículo 20 código de procedimiento civil

Art. 20. Si son distintas entre sí las acciones de los demandantes o las defensas de los demandados, cada uno de ellos podrá obrar separadamente en el juicio, salvo las excepciones legales. Se concederá la facultad de gestionar por separado en los casos del artículo...

Artículo 19 código de procedimiento civil

Art. 19. Si son dos o más las partes que entablan una demanda o gestión judicial y deducen las mismas acciones, deberán obrar todas conjuntamente, constituyendo un solo mandatario. La misma regla se aplicará a los demandados cuando sean dos o más y opongan idénticas...

Artículo 17 código de procedimiento civil

Art. 17. En un mismo juicio podrán entablarse dos o más acciones con tal que no sean incompatibles. Sin embargo, podrán proponerse en una misma demanda dos o más acciones incompatibles para que sean resueltas una como subsidiaria de otra.

No más deudas

Una manera que tienen los deudores para liberarse de sus deudas consiste en la declaración de nulidad del documento que dio origen a la obligación del deudor. La nulidad está regulada en los artículos 1681 y siguientes del Código Civil y puede ser absoluta o relativa....
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