Por supuesto, la misma Ley señala que la persona/empresa se entiende «rehabilitada», y es uno de los objetivos de la nueva regulación en materia de insolvencia: dar a las personas la posibilidad de volver a ser sujetos de crédito.
La Persona Deudora deberá presentar una solicitud de liquidación voluntaria ante el tribunal competente. Esta solicitud deberá acompañarse de los siguientes antecedentes: a) Lista de sus bienes, lugar en que se encuentren y los gravámenes que les afecten. b) Lista de...