Cuando los deudores están ya demandados en un juicio ordinario, ejecutivo o de cualquier naturaleza, pueden seguir el estado en que se encuentran los trámites correspondientes. Para esto, deben ingresar a la página web del poder judicial, www.pjud.cl y acceder a la...
Art. 148 (155). Antes de notificada una demanda al demandado, podrá el actor retirarla sin trámite alguno, y se considerará como no presentada. Después de notificada, podrá en cualquier estado del juicio desistirse de ella ante el tribunal que conozca del asunto, y...
Art. 41. En los lugares y recintos de libre acceso público, la notificación personal se podrá efectuar en cualquier día y a cualquier hora, procurando causar la menor molestia posible al notificado. En los juicios ejecutivos, no podrá efectuarse el requerimiento de...
Art. 40 En toda gestión judicial, la primera notificación a las partes o personas a quienes hayan de afectar sus resultados, deberá hacérseles personalmente, entregándoseles copia íntegra de la resolución y de la solicitud en que haya recaído, cuando sea escrita. Esta...
Art. 460. Si el requerimiento se hace en territorio jurisdiccional de otro tribunal de la República, la oposición podrá presentarse ante el el tribunal que haya ordenado cumplir el exhorto del que conoce en el juicio o ante este último tribunal. En el primer caso, los...
Art. 459. Si el deudor es requerido de pago en el lugar del asiento del tribunal, tendrá el término de cuatro días útiles para oponerse a la ejecución. Este término se ampliará con cuatro días, si el requerimiento se hace dentro del territorio jurisdiccional en que se...
Artículo 258.- El término de emplazamiento para contestar la demanda será de quince días si el demandado es notificado en la comuna donde funciona el tribunal. Se aumentará este término en tres días más si el demandado se encuentra en el mismo territorio...
Art. 254. La demanda debe contener: 1°. La designación del tribunal ante quien se entabla; 2°. El nombre, domicilio y profesión u oficio del demandante y de las personas que lo representen, y la naturaleza de la representación; 3°. El nombre, domicilio y profesión u...
Artículo 5º.- Presentación de demandas y de escritos. El ingreso de las demandas y de todos los escritos se hará por vía electrónica a través del sistema de tramitación electrónica del Poder Judicial, para cuyos efectos los abogados o habilitados en derecho se...
Si lo demandan recuerde que tiene 4 días hábiles, incluyendo los sábados, para comenzar con una buena defensa. Si en forma posterior se realiza el embargo será el acreedor, el banco, o la casa comercial el encargado de identificar bienes para el embargo. De no...
Si lo demandan recuerde que tiene 4 días hábiles, incluyendo los sábados, para comenzar con una buena defensa, es sumamente importante no perder ese tiempo. Por lo general si ésta defensa se realiza en forma inteligente y rigurosa nuestros clientes obtienen...
«¡Ayuda, debo defenderme judicialmente de una demanda! ¿Qué hago?» En Chile, el plazo para defenderse judicialmente de una demanda varía dependiendo del tipo de procedimiento judicial involucrado. Es esencial conocer estos plazos para poder actuar efectivamente y...
Hay varias formas de notificación, pero en este tipo de demandas hay dos que son las más utilizadas: Lo primero es la notificación personal, donde el receptor judicial personalmente entrega una copia de la demanda. La otra es la notificación subsidiaria o por el...
Lo primero, entendamos mucho tiempo como un periodo superior a un año, por el plazo de prescripción del pagaré. Es frecuente ver que algunas demandas son presentadas, pero nunca son notificadas, porque el acreedor o el abogado demandante no autorizó poder...
– Lo primero que se debe hacer en el caso de encontrase demandado por deudas en un procedmiento ejecutivo (aquél por el cual el demandante hace valer algún título ejecutivo como pagaré, cheque, letra o factura entre otros) es concurrir directamente donde un...