Art. 582. El dominio (que se llama también propiedad) es el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella arbitrariamente; no siendo contra la ley o contra derecho ajeno. La propiedad separada del goce de la cosa, se llama mera o nuda...
Artículo 518.- En el juicio ejecutivo sólo son admisibles las tercerías cuando el reclamante pretende: 1°. Dominio de los bienes embargados; 2°. Posesión de los bienes embargados; 3°. Derecho para ser pagado preferentemente; o 4°. Derecho para concurrir en el pago a...
Es una demanda de un tercero que no tiene que ver con la deuda en sí misma y que reclama que los bienes embargados en el proceso no son del ejecutado del proceso sino que de él, como tercero ajeno al juicio. Pretende alzar el embargo de bienes que son de su...
Para evitar un embargo, sugerimos lo siguiente: Si usted es el deudor y quiere evitar el embargo de sus bienes, las opciones son: Pagar la deuda Consignar periódica e inteligentemente el tribunal, hasta completar el monto de la deuda capital estipulada en la demanda,...
El objetivo de una tercería es mostrar al juez que los bienes embargados son de una tercera persona, ajena al juicio, por lo tanto no es recomendable utilizar esas boletas como medio de prueba para una tercería.
La forma más usada para alzar el embargo es una Tercería sobre los bienes embargados. Ahora cuando se trata de otro tipo de bienes como automóviles o un inmueble y la demanda ha sido presentada y tramitada correctamente, entonces es recomendable generar una instancia...
Decir que todas las tercerías se ganan no sería acorde a la realidad, y esto es porque hay muchos factores que inciden, por ejemplo 1) La documentación aportada, por ejemplo si se acompaña un certificado de dominio vigente del tercerista (tercero ajeno que alega...